Informes ITE - IEE
(Inspección Técnica e Informe de Evaluación de Edificios)

Somos Arquitectos especializados. Nos encargamos de todo el proceso

INSPECCION DEL EDIFICIO 

REDACCION DE DOCUMENTACION 

REGISTRO EN EL AYUNTAMIENTO

(Asesorándote durante todo el proceso)

Ejemplos de ITE - IEE realizados

gran via 76, madrid (2023)

carranza 15, madrid (2023)

estudio arquitectura

Velázquez 31, Madrid (2021)

MONTALBAN 10, MADRID. 2021

Montalbán 10, Madrid (2021)

AYALA 85, MADRID. 2021

Ayala 85, Madrid (2021)

Informes ITE

Av Reina Victoria 14, Madrid (2020)

SERRANO 80, MADRID. 2020

Serrano 80, Madrid (2020)

Estudio Arquitectura en Madrid

Av Carlos V 35, Móstoles (Madrid) (2020)

arquitectos subvenciones madrid

35 ITEs de viviendas unifamiliares

Paseo Alameda de Osuna (Madrid (2021)

DON RAMON DE LA CRUZ 115, MADRID. 2020

Don Ramón de la Cruz 115, Madrid (2020)

En qué consiste la ITE y el IEE

La Inspección Técnica de Edificios ITE es la inspección periódica en la que se comprueban las condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad y ornato público de un edificio. Esta acción se realiza cada diez años y está regulada por el Real Decreto-ley 8/2011.

Se revisan los siguientes elementos del edificio:

    • Estructura y cimentación
    • Fachadas interiores, exteriores, medianerías y otros paramentos
    • Cubiertas y azoteas
    • Redes generales de fontanería y saneamiento
    • Elementos de accesibilidad

El informe de Evaluación del Edificio IEE añade a la ITE:

    • Evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad de acuerdo con la normativa vigente (CTE)
    • Certificación de la eficiencia energética del edificio (CEE)

Puedes resolver algunas dudas en Preguntas frecuentes sobre ITE del Ayuntamiento de Madrid y Preguntas frecuentes sobre IEE del Ayuntamiento de Madrid.

Informes ITE favorable o desfavorable

Si el resultado de la ITE o el IEE es favorable, no es necesario realizar ninguna obra de reparación. Hasta dentro de diez años no hay que realizar la nueva inspección.

Si el resultado de la ITE o el IEE (apartado de Estado de conservación del edificio) es desfavorable, en los siguientes meses, el Ayuntamiento de Madrid enviará al propietario del edificio una Orden de ejecución. Esta exigirá la realización de las obras de reparación de las deficiencias existentes. Se establecerá un plazo, las tasas a abonar y las condiciones generales para llevar a cabo estas obras. Es decir, si necesita proyecto técnico y director facultativo de las obras o no, certificado de idoneidad técnica o de final de obra. Así como la sanción en caso de no realizar las obras en el plazo previsto.

Aquí tienes un esquema del procedimiento en cualquiera de los casos:

Esquema IEE

¿Qué se evalúa en un informe ITE?

En las inspecciones técnicas de edificios se evalúa que el inmueble sea adecuado a una serie de exigencias. Estas son: salubridad, accesibilidad universal, seguridad y ornato. La ITE comienza con una inspección visual. Se comprueba las condiciones de consolidación, estabilidad y seguridad del edificio. Se pretende localizar deficiencias que puedan ocasionar problemas en el inmueble. 

Certificado de idoneidad técnica una vez acabadas las obras

Si la Orden de ejecución no exige la redacción de un proyecto técnico ni la intervención de un arquitecto director facultativo. Una vez realizadas las obras por la empresa seleccionada, el arquitecto volverá a inspeccionar el edificio. Así confirmará que se encuentran reparadas las deficiencias y que no existen nuevas. Registrando en el Ayuntamiento de Madrid el Certificado de idoneidad técnica. Asimismo, documento que finaliza el trámite y cierra el expediente hasta los diez años siguientes desde la fecha de IEE.

Certificado final de obra una vez acabadas las obras

Si la Orden de ejecución exige la redacción de un proyecto técnico o la intervención de un arquitecto director facultativo, es necesario contratar a un técnico. Este redactará la documentación técnica que exponga todos los trabajos a realizar para obtener un IEE favorable.

Esta documentación debe registrarse en el Ayuntamiento. Es importante hacerlo antes del comienzo de las obras. Además, servirá para obtener presupuestos de varias empresas contratistas.

Una vez elegida la empresa contratista, esta realizará los trabajos bajo la supervisión del director facultativo.

Al finalizar las obras, el técnico redactará el Certificado final de obra. Este documento que finaliza el trámite y cierra el expediente hasta los diez años siguientes desde la fecha de IEE.

Preguntas frecuentes

Ofrecemos este servicio gratuito para exponerte el estado actual de tu edificio y explicarte el proceso completo de ITE o IEE.

Visitamos sin coste tu edificio y te comentamos el resultado que tendría el informe IEE o ITE si la hiciéramos en ese momento.

En esta visita también te asesoramos en cuanto a las reparaciones que podrías ir haciendo para conseguir una ITE o IEE favorable posteriormente.

Es obligatorio para todos los inmuebles que tengan entre 30 y 50 años de antigüedad. Dependiendo del resultado del primer informe ITE, el siguiente tendrá que hacerse cada 3, 6 o 10 años.

Consulta la web del Ayuntamiento de Madrid para saber si tu edificio debe presentar la ITE ó IEE este año. Nosotros le ayudamos con los informes IEE ITE.

Un edificio debe de presentar la ITE cuando se cumplan 30 años de su construcción, y después de esta primera inspección, cada 10 años.

Puedes consultar el registro de edificios del Ayuntamiento de Madrid para conocer las ITE realizadas a tu edificio.

  1. De los edificios de “tipología residencial de vivienda colectiva” con antigüedad superior a cincuenta años. Según la Ley son edificios de tipología residencial de vivienda colectiva aquellos compuestos por más de una vivienda con independencia de que puedan contener otros usos; así como los destinados a ser ocupados o habitados por un grupo de personas que, sin constituir núcleo familiar, compartan servicios y se sometan a un régimen común, tales como hoteles o residencias.
  2. Todos aquellos, de cualquier tipología, en los que sus propietarios pretendan acogerse a ayudas o subvenciones públicas, con el objetivo de acometer obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética. En este caso, el IEE debe presentarse con fecha anterior a la solicitud de la correspondiente ayuda o subvención.

El documento oficial que puede acreditar si nuestro edificio ha aprobado la ITE es el certificado de aptitud. En este podemos ver el resultado de la inspección realizada con una calificación de deficiencias e incluso su vigencia.

  1. Estado de la estructura y cimentación.
  2. Estado de las fachadas interiores, exteriores y medianeras.
  3. Estado de las cubiertas y azoteas.
  4. Estado de las redes generales de fontanería y saneamiento.
  5. Estado de los elementos de accesibilidad
  1. Estado de conservación del edificio (contenido equivalente a la inspección ITE).
  2. Evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad de acuerdo con la normativa vigente (CTE).
  3. Certificación de la eficiencia energética del edificio (CEE).

La Inspección Técnica del Edificio (ITE) será realizada según lo establecido por la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, aprobada por el Ayuntamiento de Madrid el 30 de noviembre de 2011 (B.O.C.M 26-12-2011).

El Informe de Evaluación del Edificio (IEE) será realizado según lo establecido por el R. D. Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, publicado en el BOE núm. 261 de 31 de Octubre de 2015 (Tít. III).

La ITE solo informa del estado de conservación del edificio, mientras que el IEE añade a esto la certificación energética y la evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad.

Si el resultado es favorable, el procedimiento finaliza y tiene una validez de 10 años 

Si el resultado es desfavorable,  se deben ejecutar las obras de subsanación de las deficiencias expuestas en el informe.

El Ayuntamiento correspondiente dictará una orden de ejecución para permitir la ejecución de estas obras de reparación, pudiendo realizar una inspección para confirmar la veracidad de lo expuesto en el informe de ITE – IEE.

El procedimiento de ITE desfavorable finaliza con el certificado de idoneidad técnica, que asegura que el edificio se encuentra en perfectas condiciones de seguridad constructiva.