Coordinador de seguridad durante la ejecución de una obra

Funciones del Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra

Tabla de contenidos

1. La figura del Coordinador de Seguridad y Salud

La figura del Coordinador de Seguridad y Salud debe estar presente tanto en la redacción del proyecto como en la ejecución de la obra. Esto puede llevarse a cabo mediante un mismo coordinador, que esté presente en el proceso completo o un coordinador para la fase de proyecto y otro para la de ejecución de la obra. Las titulaciones que, según la LOE, habilitan para ser Coordinador de Seguridad y salud son las de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico. A parte de contar con estas titulaciones, será necesario contar con formación específica en materia de prevención de riesgos laborales.

2. ¿Cuándo es necesario un Coordinador de Seguridad y Salud?

La normativa específica que regula esta cuestión es el Real Decreto 1627/1997, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

Esta normativa establece que siempre que se realicen obras de construcción o ingeniería civil, bien sean públicas o privadas y que requieran de excavación, construcción, montaje y desmontaje de elementos prefabricados, acondicionamiento o instalaciones, rehabilitación, derribo, conservación, trabajos de pintura y limpieza, etc. deberán disponer de un Coordinador de Seguridad y Salud, sin atender al tamaño o duración de la obra.

El Coordinador de Seguridad y Salud deberá ser asignado por el promotor, en las siguientes casuísticas:

  • Cuando en la elaboración del proyecto intervengan varios proyectistas, el promotor designará un Coordinador en materia de seguridad y de salud durante la elaboración del proyecto.
  • Cuando en la ejecución de la obra intervenga más de una empresa o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos, el promotor designará un Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra.

Recordamos que estas dos figuras pueden ser desempeñadas por una misma persona.

La responsabilidad de contratar a uno o varios Coordinadores de Seguridad y Salud, recae sobre el promotor. Si elude la contratación del Coordinador de Seguridad y Salud puede exponerse a sanciones administrativas, civiles e incluso penales.

3. Funciones del Coordinador de Seguridad y Salud

Coordinador de Seguridad y Salud en fase de proyecto

  1. En la toma de decisiones constructivas, técnicas y de organización con el fin de planificar las fases simultáneas y sucesivas en las que se desarrollará el proyecto.
  2. Estimar las duraciones de las diferentes fases.
  3. Elaborar el Plan de Seguridad y Salud o Estudio Básico de Seguridad y Salud.

Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución de obra

  1. Coordinar la aplicación de los principios de prevención y seguridad:
    • Evitar riesgos
    • Evaluar riesgos que no se puedan evitar
    • Combatir los riesgos en origen
    • Adaptar el trabajo a la persona
    • Contar con la evolución en la técnica
    • Sustituir lo que entrañe peligro
    • Planificar la prevención
    • Anteponer la protección colectiva a la individual
    • Dar instrucciones a los trabajadores
  2. Coordinar las actuaciones en obra, para garantizar que contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos apliquen los criterios de prevención:
    • Mantener el orden y la limpieza en la obra
    • Establecer la localización idónea de los puestos y áreas de trabajo
    • Manipulación de materiales y utilización de medios auxiliares
    • Control previo a la puesta en servicio y control periódico de las instalaciones
    • Delimitación de las zonas de almacenamiento de materiales
    • Recogida de materiales peligrosos
    • Almacenamiento y evacuación de residuos y escombros
    • Adaptación de los tiempos en función de la evolución de la obra
    • Cooperación entre los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos
    • Incompatibilidades entre trabajos
  3. Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista
  4. Organizar la coordinación de actividades empresariales
  5. Coordinar la correcta aplicación de los métodos de trabajo
  6. Controlar los accesos a las obras únicamente por personas autorizadas

4. Responsabilidades del Coordinador de Seguridad y Salud en las obras

En cada centro de trabajo existirá un libro de incidencias para el control y el seguimiento del plan de seguridad y salud, que deberá mantenerse en la obra y estará en poder del Coordinador o de la Dirección Facultativa, cuando sea necesario.

Cualquier incumplimiento de las advertencias u observaciones previamente anotadas, deberá remitirse a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en un plazo de 24 h.

Es importante destacar el tema de la vigilancia en obra. La vigilancia es importante para la prevención, pero no es una función exclusiva del Coordinador de Seguridad y Salud, sin no que corresponde a las empresas y a los trabajadores autónomos.

Como última opción se podrá realizar la paralización de los trabajos. Cuando el Coordinador de Seguridad y Salud o la Dirección Facultativa observe incumplimiento de las medidas de seguridad y salud, después de advertir al contratista y dejando constancia en el libro de incidencias, si se trata de un riesgo grave e inminente, se podrá proceder a la paralización de los trabajos, dando cuenta a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.