rampas en bloques de viviendas

Instalación de rampas en bloques de viviendas

Las condiciones básicas de accesibilidad de los edificios se establecen en los documentos básicos (DB) de Seguridad de utilización y accesibilidad (DB-SUA) y de Seguridad en caso de incendio (DB-SI) del Código Técnico de la Edificación (CTE).

Índice de contenidos

Documento de apoyo al DB-SUA / 2

El Documento de apoyo al DB-SUA / 2 (Adecuación efectiva de las condiciones de edificios existentes) establece el límite de tolerancia dentro del cual se puede considerar que el estado actual es admisible aunque no cumpla estrictamente lo que establecen dichos DB. Estas tolerancias admisibles son, asimismo, los criterios de flexibilización cuando se interviene en un edificio existente y no sea posible alcanzar la plena adecuación.

Código Técnico de edificacón

Igualmente, conforme al punto 3 del artículo 2 del CTE Parte I, cuando el proyectista justifique que no es urbanística, técnica o económicamente viable alcanzar las condiciones recogidas en el Documento de Apoyo al  DB-SUA: DA DB-SUA / 2 o, en su caso, que es incompatible con la naturaleza de la intervención o con el grado de protección del edificio, se pueden aplicar, bajo el criterio y responsabilidad del proyectista, otras medidas que faciliten, en el mayor grado posible, el acceso y la utilización del edificio o establecimiento por la mayor diversidad posible de situaciones personales.

Tolerancias admisibles

Así, cuando tenemos que proyectar un itinerario accesible en un edificio existente con limitaciones, podemos establecer las siguientes tolerancias admisibles del Documento de Apoyo para la instalación de rampas:

Pendiente en itinerario accesible

DB-SUA: 10% en tramos hasta 3 m, 8% en tramos hasta 6 m y 6% en el resto de casos.

DA: 12% en tramos hasta 3 m, 10% en tramos hasta 10 m, 8% en tramos hasta 15 m y 6% sin límite de longitud.

Longitud de tramos

DB-SUA: Longitud máxima de 9 m.

DA: Sin límite de longitud para pendiente hasta el 6%.

Anchura de tramos

DB-SUA: 1,20 m mínimo entre barreras de protección (sin descontar pasamanos que sobresalgan menos de 12 cm).

DA: 0,90 m mínimo entre pasamanos.

Mesetas:

DB-SUA: Entre dos tramos de la misma dirección, de igual anchura a la rampa y 1,50 m mínimo de longitud.

DAEntre dos tramos de la misma dirección, de igual anchura a la rampa y 1,20 m mínimo de longitud.

Comments (2)

  1. Joaquín
    08/09/2021

    Buenos días, quisiera presupuesto del estudio de la rampa de mi bloque, porfavor.
    Gracias

    • carlos.vera
      08/09/2021

      Hola Joaquin,

      Contactamos contigo y estudiamos tu proyecto.

      Buen dia!

Los comentarios están cerrados.