Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE). Preguntas frecuentes.
El principal objetivo del Sistema de Certificados de Ahorro Energético es alcanzar las metas de eficiencia energética de nuestro país en los próximos años.
En este post os traemos algunas de las preguntas más comunes que surgen respecto al Sistema CAE y su funcionamiento, pero antes de seguir os recordamos que podéis obtener información más detallada en los siguientes artículos que ya hemos publicado en el blog:
Tabla de contenidos
1. Certificado de Ahorro Energético (CAE)
Es un documento electrónico que reconoce la consecución de un ahorro en el consumo de energía final.
- ¿Qué valor tiene un CAE?
Un CAE tiene un valor único de 1 kWh de ahorro de consumo de energía final.
- ¿Los CAE pueden ser objeto de compraventa?
Sí, pero únicamente entre quienes sean sujetos obligados o sujetos delegados.
- ¿Quién puede ser titular de un CAE?
Únicamente un sujeto obligado o un sujeto delegado a favor del cual ha sido emitido un CAE o bien que lo haya adquirido en un negocio jurídico de compraventa.
- ¿Cómo consumidor tiene para mí algún interés los CAE?
Sí, si usted va a realizar una actuación de eficiencia energética podrá tener la consideración de Propietario del Ahorro de Energía.
- ¿Puedo vender un ahorro energético generado por una rehabilitación?
Como Propietario del Ahorro de Energía podrás cederlo a un sujeto obligado o sujeto delegado mediante la firma de un Convenio CAE.
- ¿Cuál es el tratamiento fiscal de un CAE?
Los CAE tienen la consideración de bienes muebles, y como tales estarán acogidos al régimen tributario general (21 % IVA).
- ¿Una nueva instalación o equipamiento puede beneficiarse del Sistema CAE?
Toda actuación relacionada con una nueva instalación de equipo o construcción NO podrá beneficiarse del Sistema de CAE.
2. Agentes del Sistema de Certificados de Ahorro energético
- ¿Quién es el propietario del ahorro energético de una actuación?
La persona física o jurídica que promueve la inversión en una actuación de eficiencia energética y produce un ahorro energético.
- ¿Quién es el verificador del ahorro?
La persona u organismo acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), que podrá ser elegida libremente por el sujeto obligado o el sujeto delegado entre aquellas que presten este servicio.
- ¿Puede un sujeto obligado o delegado acreditarse como verificador?
No, en ningún caso podrán acreditarse aquellas personas jurídicas que ostenten alguna de esas condiciones, o que la hayan ostentado en los tres años previos.
- ¿Puede un verificador trabajar en cualquier tipo de actuación?
No, sólo para las que esté acreditado por la ENAC de forma específica.
- ¿Existe un listado de verificadores de ahorro acreditados?
Puede consultar el listado actualizado de los verificadores acreditados para el Sistema de CAE, en el apartado de Agentes de esta página web.
3. Validez y Contabilización de ahorros CAE
- ¿Los CAE tienen fecha de caducidad?
Los CAE tendrán una validez de tres años desde la fecha de finalización de la actuación generadora del ahorro de energía, o hasta el 31 de diciembre de 2030.
- ¿Qué ocurre con los CAE caducados?
Una vez un CAE alcance su fecha de expiración perderá su validez, no pudiendo ser ni vendido ni liquidado y perdiendo su titular toda capacidad de actuación.
4. Obtención de CAE
- ¿Quién puede solicitar la verificación de ahorros de energía?
Los sujetos obligados o sujetos delegados. Ni el propietario del ahorro ni cualquier otro agente del sistema podrá solicitarla.
- ¿Cómo se solicita la verificación de ahorros de energía?
Mediante un expediente con todos los detalles de la actuación de eficiencia energética realizada y de los ahorros de energía conseguidos.
- ¿Se pueden agrupar distintas actuaciones generadoras de ahorro?
Sí, se podrán incluir en una misma solicitud de emisión de CAE distintas actuaciones de eficiencia energética, siempre que sean estandarizadas.
5. Compatibilidad del Sistema CAE con subvenciones
- ¿Será compatible el Sistema de CAE con una actuación que haya accedido a ayudas o subvenciones públicas?
Sí, será compatible con programas públicos de ayuda o de subvenciones, excepto aquellos financiados con cargo al FNEE.
- ¿Cómo debo comunicar las ayudas o subvenciones solicitadas o recibidas en la solicitud de emisión CAE?
En la solicitud de emisión del CAE se deberá aportar una declaración responsable del propietario del ahorro original donde se indique si la actuación generadora del ahorro ha solicitado o ha recibido apoyo de algún programa público de ayudas.






