Diferencias clave entre una ITE y un IEE
Como propietarios, tanto en edificios comunitarios como en viviendas unifamiliares, es importante que conozcamos el estado de conservación en el que se encuentra nuestro edificio, y esto se realiza a través de estos dos informes oficiales: el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) y la Inspección Técnica del Edificio (ITE).
Ambos son términos que suelen confundirse con frecuencia entre sí. Mientras que la ITE se centra en la evaluación de la seguridad y estado de conservación del inmueble, el IEE abarca aspectos más amplios y detallados, como el análisis del rendimiento energético y el cumplimiento de las condiciones mínimas de accesibilidad.
Si bien el objetivo de un informe ITE e IEE es diferente, en ambos casos su tramitación es obligatoria para todos los inmuebles residenciales, especialmente en áreas urbanas.
A continuación, y para saber más sobre qué se tiene en cuenta a la hora de realizar cada inspección, vamos a analizar qué es cada una de ellas.
Tabla de contenidos
¿Qué es una ITE?
La ITE o Inspección Técnica de Edificios es una inspección visual que pretende evaluar el grado de conservación de la edificación y comprobar el cumplimiento de las condiciones mínimas de seguridad, salubridad, ornato público y decoro que deben existir en este tipo de inmuebles.
En el caso de Madrid, la obligatoriedad de disponer de un informe ITE de Edificios en vigor se requiere en inmuebles residenciales con una antigüedad superior a 30 años. A partir de ahí, la inspección se repetirá una vez cada 10 años.
En la ITE se lleva a cabo la revisión completa de los siguientes elementos del edificio:
- Estructura de cimentación.
- Estructura portante del edificio.
- Cubiertas y azoteas.
- Detectar roturas en elementos. exteriores, como balcones o cornisas.
- Grado de sujeción de forjados exteriores.
- Sistemas de instalaciones.
- Espacios exteriores de tránsito y estancia.
Tanto si el resultado del informe es favorable cómo desfavorable, el técnico correspondiente debe registrar el informe en el Ayuntamiento, indicando las obras a realizar en el edificio en caso de ser necesarias para garantizar la seguridad.
¿Qué es un IEE?
El IEE o Informe de Evaluación de los Edificios es un documento en el que se acredita la situación en la que se encuentran los edificios respecto a su estado de conservación, con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, y con el grado de su eficiencia energética. La Administración urbanística puede requerírselo a los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva, según un calendario establecido.
Cada comunidad autónoma establece el plazo obligatorio para que fincas residenciales soliciten la elaboración del Informe de Evaluación de Edificios (IEE). A partir de los 50 años de antigüedad, será obligatorio realizar la revisión y, a partir de ese momento, se recomienda actualizarla cada diez años.
Además, todos los propietarios que vayan a solicitar ayudas públicas para iniciar obras de conservación deberán disponer de este documento en vigor como parte de la documentación a presentar en su solicitud. De igual manera, para que la evaluación sea válida debe realizarla un técnico oficial acreditado para que tenga validez (arquitecto o aparejador).
La IEE revisa el estado de conservación, eficiencia energética y accesibilidad de cada construcción residencial. Debe realizarse cada diez años.
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Diferencias entre la ITE y la IEE
A efectos prácticos un IEE es un informe que, modificando su formato, incluye toda la información que presenta una ITE añadiendo una revisión de la accesibilidad y la eficiencia energética del edificio, y recogiendo también los siguientes datos generales:
- Datos urbanísticos, de planeamiento en vigor y nivel de protección.
- Fotografías.
- Datos de superficie de parcela, superficie construida y altura sobre rasante.
- Composición interior (plantas por usos, número de viviendas, locales, plazas de aparcamiento y trasteros).
- Tipología edificatoria, con exposición de los núcleos de comunicación vertical.
- Descripción normalizada de los sistemas constructivos: Cimentación, Estructura, Cerramientos verticales y cubiertas, Instalaciones del edificio (saneamiento, fontanería, electricidad, calefacción, agua caliente sanitaria, gas, refrigeración, ventilación, protección contra incendios, protección contra el rayo e instalaciones de comunicaciones).
- Protección frente al ruido (DB-HR del CTE) (Opcional).
ITE – IEE en Madrid
El Ayuntamiento de Madrid ha establecido ciertas normativas en relación con la Inspección Técnica de Edificios (ITE) y a la Inspección de Edificios (IEE).
Aquellos edificios que el técnico cualificado encargado de realizar la inspección correspondiente.
Si necesitas aclarar otras dudas referentes a estos dos documentos, puedes visitar estas webs del Ayuntamiento de Madrid:





